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Pintoresdel Sur
Mijas

Pintores en Mijas: el blanco del Pueblo y la villa de urbanización

Pintura de casas, villas, fachadas e interiores en todo el término municipal de Mijas. Aquí el color de la fachada lo marca la ordenanza: blanco en el Pueblo, preferentemente blanco en La Cala, y en ningún sitio una pared en color cemento. Y la inspección técnica empieza a los 25 años.

Las Lagunas · Mijas Pueblo · La Cala de Mijas · Calahonda · Riviera del Sol

El color

El blanco no se elige: se mantiene

La ordenanza municipal sobre conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones dedica su artículo 28 a las normas especiales del casco urbano. Estas son las que importan a quien va a pintar.

  1. Mijas Pueblo, en blancoEs el color que señala la ordenanza

    En el casco urbano de Mijas Pueblo «se señala el color blanco para el blanqueo de fachadas». Ahí no hay carta de colores que elegir: lo que se decide es el tipo de pintura y cómo se prepara la pared.

  2. La Cala, preferentemente blancaPara cuidar la imagen de pueblo costero

    En La Cala de Mijas la norma pide que se use preferentemente el blanco, «evitando la generación de confusión de formas, texturas y colores». No es una obligación tan tajante como en el Pueblo, pero marca el camino.

  3. Nada de color cementoEn todo el término municipal

    Ninguna fachada de Mijas puede quedarse en color cemento o sin enfoscar. Vale también para la casa a medio terminar: el revoco y la pintura no son un extra.

  4. También lo que no se veMedianerías y paredes al descubierto

    Las fachadas, las medianerías y las paredes al descubierto se conservan en condiciones de seguridad, higiene y estética aunque no se vean desde la calle. Y los cableados en fachada están prohibidos.

Los propietarios de viviendas con deficientes condiciones de ornato están obligados a blanquear y adecentar sus fachadas. Si no lo hacen tras el requerimiento, el Ayuntamiento lo hace y pasa los gastos al propietario.

Antes de blanquear, el revoco tiene que estar firme: reparación de fachadas.

Mijas Pueblo

Un pueblo protegido por su blancura desde 1969

El 24 de junio de 1969 el Boletín Oficial del Estado publicó la declaración de Mijas como conjunto histórico-artístico.

Según explica el Ayuntamiento, fue la primera población andaluza que la obtuvo por su tipismo y su carácter pintoresco, frente a las ciudades monumentales que la tenían antes. El decreto hablaba de «la propia sencillez de sus edificios de cumplida blancura, con rejas y balcones repletos de flores».

La zona protegida abarcaba el núcleo, unas 28 hectáreas. Hoy, entre los formularios de Urbanismo hay uno específico de autorización previa para obras en el Conjunto Histórico Artístico: antes de una obra en el Pueblo, conviene saber si le hace falta.

Revisión periódica

La ITE de Mijas empieza a los 25 años, y también para la villa

La misma ordenanza regula la inspección técnica de la edificación. La obligación alcanza a toda clase de edificaciones y construcciones con más de 25 años, tengan el uso que tengan: el bloque de apartamentos y también la casa unifamiliar de urbanización.

Después de la primera, la inspección se repite cada 7 años mientras el edificio tenga menos de 50, y cada 4 a partir de esa edad. El Ayuntamiento puede además pedirla antes, de forma motivada y con un plazo propio.

El informe lo hace un técnico competente elegido por la propiedad, visado por su colegio, y se presenta en el Registro del Ayuntamiento con la ficha técnica y el compromiso de ejecutar las obras que señale.

En las fachadas, el técnico revisa sobre todo lo que puede caer a la calle: frentes de forjado, cornisas, aplacados. Y en la estanqueidad, paramentos y carpinterías exteriores. Las obras salen ordenadas por prioridad, con plazos de inicio y ejecución y un presupuesto estimativo.

Lo que se ve desde la calle

Órdenes de mejora por motivos estéticos

El artículo 14 de la ordenanza permite al Ayuntamiento ordenar obras de mejora en fachadas, cubiertas o espacios visibles desde la vía pública por motivos de interés turístico, cultural o estético, para adaptar el edificio a su entorno.

Puede hacerlo, por ejemplo, cuando la fachada está en mal estado o cuando una medianera queda al descubierto sin tratamiento. Lo que exceda del deber normal de conservación lo paga quien lo ordena. Para el propietario, una fachada blanca y cuidada es la forma más sencilla de no recibir esa orden.

Hablando claro

Antes de llamar, tres preguntas sobre la casa

¿Está en el Pueblo?

Dentro del Conjunto Histórico, las obras tienen su propio formulario de autorización previa en Urbanismo. Infórmate antes de tocar la fachada, aunque solo sea para blanquearla.

¿Tiene más de 25 años?

Entonces le toca la ITE, sea un bloque o una villa. Si el informe pide obras en fachada, la pintura se programa detrás de ellas y dentro de sus plazos.

¿Hay un requerimiento?

Si el Ayuntamiento ya ha ordenado blanquear o adecentar, el plazo corre. Cuanto antes se mire la pared, antes se sabe qué hay que reparar primero.

Si la casa queda ya en Fuengirola, allí las reglas son otras: pintores en Fuengirola.

Preguntas

Preguntas sobre pintar en Mijas

¿Trabajáis en todo el municipio de Mijas?

Sí: en Las Lagunas, Mijas Pueblo, La Cala de Mijas, Calahonda, Riviera del Sol y las urbanizaciones de todo el término. Dinos dónde está la casa y qué quieres pintar, y concertamos una visita.

¿Es obligatorio pintar la fachada de blanco en Mijas?

En el casco urbano de Mijas Pueblo, sí: la ordenanza de conservación señala el blanco para el blanqueo de fachadas. En La Cala de Mijas pide usarlo preferentemente. Y en todo el término prohíbe dejar fachadas en color cemento o sin enfoscar.

¿Qué pasa si no blanqueo la fachada?

Según la ordenanza, el Alcalde puede dictar una resolución con las deficiencias, las medidas y un plazo. Si no se cumple tras el requerimiento, el Ayuntamiento puede hacer el blanqueo y el adecentamiento por su cuenta, con todos los gastos a cargo del propietario.

¿Mi villa tiene que pasar la ITE?

Si tiene más de 25 años, sí: la ordenanza de Mijas incluye toda clase de edificaciones y construcciones de esa antigüedad, con independencia de su uso. La inspección se repite cada 7 años mientras el edificio tenga menos de 50, y cada 4 a partir de ahí.

¿Puede el Ayuntamiento obligarme a mejorar la fachada?

Puede dictar órdenes de ejecución en fachadas y cubiertas visibles desde la vía pública por motivos turísticos, culturales o estéticos. Lo que pase del deber normal de conservación lo paga, según la ordenanza, la entidad que lo ordena.

¿Toca blanquear o pintar en Mijas?

Cuéntanos si la casa está en el Pueblo, en la costa o en una urbanización, y si hay una ITE o un requerimiento de por medio. Vamos a verla y te lo presupuestamos por escrito, con cada trabajo por separado.

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